Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios

Actualizado al 31 de diciembre de 2023

Artículo 8 Información Fundamental - General

Fracción VI. La información sobre la gestión pública, que comprende:

B) Los servicios públicos que presta el sujeto obligado, donde se señale cuando menos la descripción y cobertura del servicio público; los recursos materiales, humanos y financieros asignados para la prestación del servicio público, y el número y tipo de beneficiarios directos e indirectos del servicio público;

El inciso en cuestión no resulta aplicable a este instituto político, toda vez que de conformidad con lo establecido en el artículo 41 fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación al diverso numeral 3 de la Ley General de Partidos Políticos, los partidos políticos son entidades de interés público; y tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de los órganos de representación política y como organizaciones de ciudadanos, hacer posible el acceso de éstos al ejercicio del poder público, de acuerdo con los programas, principios e ideas que postulan y mediante el sufragio universal, libre, secreto y directo, así como las reglas para garantizar la paridad entre los géneros, en candidaturas a legisladores federales y locales; y no así la prestación de servicios públicos, por lo que se encuentra fuera del ámbito de competencia de este sujeto obligado.